top of page

¿Para qué sirven los Derechos Posesorios?

  • Foto del escritor: Panamá Property Law
    Panamá Property Law
  • 21 oct 2020
  • 2 Min. de lectura


Con alguna frecuencia, ciertas personas nos preguntan qué es un derecho posesorio. Por lo común, son personas que ocupan un terreno o lo han adquirido de otra, pero que sienten que a ese terreno que poseen o han adquirido le hace falta algo, que no es de su propiedad. Otros, por el contrario, han vivido o trabajado en el lugar sin siquiera saber ni preocuparse del estado legal de sus tierras.

Existen, por lo general, dos tipos de casos: los que tienen la posesión efectiva del terreno, ya sea porque viven ahí, trabajan ahí, o simplemente le dan uso frecuente, que los demás reconocen; y aquellos que mantienen unos “papeles” por los cuales se hacen de un terreno, como ocurre con la adquisición de “derechos posesorios”.

La expresión “derechos posesorios”, como tal, no está definida en ninguna norma jurídica en Panamá, aunque por momentos se hace referencia a ella y es ampliamente conocida y utilizada, lo que hace que deba tenerse en cuenta. Lo que sí está definido, desde principios del siglo pasado, es el “derecho de posesión” o simplemente “posesión”, y que puede buscarse en el Código Civil. Más recientemente se agregó la “posesión agraria” dentro de los significados legales.

Lo que debemos saber de la posesión, ya sea que la llamemos agraria, civil o derechos posesorios, es que debe tener un uso, cumplir una función, por quien afirma tenerla. Esto es así, porque la posesión de un terreno, para fines de su legalización, debe estar comprobada, bien sea que tenga que hacerse por la vía judicial o ante una autoridad administrativa competente. Se trata de actos humanos permanentes o sostenidos en el tiempo, permitidos por la ley, como lo suele ser la habitación (una vivienda principal o secundaria), el trabajo (un taller, una oficina, un sembradío, cría de animales) e, incluso, podría tratarse de verdaderos actos de preservación y recuperación ecológica de un área. De seguro habrá más supuestos, pero suelen ser estos los más habituales.

El otro aspecto que nos preguntan, es si basta con tener un documento de compraventa, de donación, de sucesión, de cesión, de traspaso de “derechos posesorios” sobre un terreno para sentirse protegido o titular de un derecho, o si, por lo menos, sirve de algo. Para contestar esta pregunta, habría que preguntarse también en dónde se ubica el terreno. Comprenderá usted que no es lo mismo estar en una tierra privada que estarlo en una que pertenezca al Estado o a la municipalidad.

Será necesario investigar con cierta precisión dónde está ubicado el terreno para saber si de lo que se trata es de una propiedad privada, para lo cual hay normas legales especiales que contestan la pregunta, o si se encuentra en terrenos que le pertenecen a la Nación o al Municipio. En estos últimos casos, existen leyes especiales y reglamentaciones que establecen procedimientos y requisitos que despejan las dudas.

En Panama Property Law contamos con los profesionales que podrán atenderle y ayudarle a conocer el estatus legal de su terreno, y, de ser el caso, encargarse de la tramitación que conduzca el reconocimiento de sus derechos y darle la seguridad jurídica que merece sobre su terreno.

 
 
 

Comments


  • Negro del icono de Instagram
  • https://twitter.com/Panamapl1
  • Black LinkedIn Icon
bottom of page