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EL PROCESO DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO EN PANAMÁ

Por: Mónica Eugenia Ríos Urriola


Con frecuencia ocurre que los propietarios de fincas tienen dudas respecto de si están realmente ocupando la superficie total y correcta de su propiedad como se refleja en el plano que sirvió para su inscripción ante el Registro Público al crearse la finca.


Ante esta duda, existen formas de proceder que el propietario puede adoptar:

  • Si se trata de una propiedad pequeña, podría “cadenear” los linderos, esto es, utilizando una cinta métrica lo suficientemente larga o una soga previamente medida, ubicarse en los vértices de la propiedad y verificar si éstos tienen la distancia que indica el plano.

  • Si se trata de una propiedad con muchos vértices, de gran dimensión o simplemente no quiere “cadenear” los linderos, entonces debe contratar un topógrafo para realizar un replanteo. El replanteo es la verificación y re-colocación en campo de los vértices del polígono del plano. Es un trabajo topográfico más complejo que cuando se crea o levanta un polígono por primera vez, porque el topógrafo debe tomar en consideración toda la información del plano utilizada para crear el polígono: servidumbres públicas o privadas, retiros de cursos de agua, entre otros.

Realizado el replanteo por su topógrafo y encontrarse diferencias entre lo que señala el plano de su propiedad y lo que existe en campo, porque existen áreas ocupadas por colindantes que se encuentran dentro de su propiedad, corresponde realizar, ya sea un acercamiento amigable con sus colindantes y/o iniciar un proceso de deslinde y amojonamiento en la vía judicial.


El proceso de deslinde y amojonamiento es definido como un proceso no contencioso por nuestro Código Judicial, esto es, donde no existe contradicción. En este proceso el solicitante /demandante le pide al Juez que, previa convocatoria de los colindantes, realice una inspección de campo con la participación de peritos expertos, determine la ubicación de los vértices del polígono o de alguno de sus linderos y, de no existir controversia, ordene “amojonar” la finca.


En caso de controversia respecto de la ubicación de los vértices, el proceso se convierte en contencioso y quien esté en desacuerdo deberá formalizar su demanda y continuar el proceso como un ordinario común. En el proceso convertido en ordinario, se podrán discutir cuestiones de dominio, es decir, prescripción adquisitiva, posesión, etc.


Si necesita mayor información sobre este proceso o cualquier otro relacionado con bienes inmuebles, no dude en contactarnos, somos expertos profesionales con vasta experiencia en deslindes y amojonamientos.

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